CNDH solicita al Gobierno de Puebla revisar el artículo 480 del Código Penal para salvaguardar la libertad de expresión
Ciudad de México, junio de 2025.— La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) hace un respetuoso llamado al Gobierno del Estado de Puebla para revisar el artículo 480 recientemente incorporado a su Código Penal, con el fin de garantizar que no se vulnere el derecho a la libertad de expresión.
Aunque el organismo reconoce la importancia de combatir la violencia digital, especialmente en protección de niñas, niños y adolescentes, expresa su preocupación por la ambigüedad con la que se ha definido el delito de ciberasedio en la nueva disposición legal. De acuerdo con la norma publicada este mes, se contemplan sanciones de hasta tres años de prisión y multas que podrían alcanzar los 300 días del valor diario de la Unidad de Medida, por conductas como insultar, ofender o agraviar mediante medios digitales.
La CNDH advierte que esta redacción, por su falta de claridad, podría propiciar un uso indebido del derecho penal, especialmente para limitar la crítica, el debate y otras formas de expresión en contextos de interés público, lo cual constituiría una forma indirecta de censura.
En este contexto, la Comisión exhorta a las autoridades poblanas a revisar el texto del artículo 480, asegurando su pleno apego al principio de legalidad y a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, como lo establece el artículo 6º constitucional y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Finalmente, la CNDH reitera su compromiso con la defensa de los derechos fundamentales y anuncia que ya trabaja en una Acción de Inconstitucionalidad en torno a este artículo, atendiendo la preocupación de amplios sectores de la sociedad civil y del gremio periodístico.

